Autoridades, productores e importadores de aceite y lubricantes trabajan en conjunto para establecer mecanismos adicionales de control, que impidan el daño de los automotores por uso de aceite adulterado, precautelar la economía de los consumidores y proteger al medio ambiente.
Las acciones se realizan en cumplimiento de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor que en el Capitulo III, artículo 5 establece el derecho a un trato transparente de los proveedores de bienes y servicios, “… especialmente en lo relacionado a las condiciones óptimas de calidad, cantidad, precio, peso y medida”.
En el mismo Capítulo, el artículo 8 refiere el derecho a …“la reparación e indemnización por daños y perjuicios, por deficiencias y mala calidad de bienes y servicios”.
Se recuerda adicionalmente a los proveedores (lubricadoras) que incurren en malas prácticas comerciales, que la Constitución y las leyes de la República establecen sanciones para este tipo de infracción.
El Mipro recomienda a los propietarios de automotores que, previo a realizar el cambio de lubricante del motor de sus vehículos, verifiquen que el envase del producto presente los respectivos sellos de seguridad, que estos no hayan sido forzados o exista evidencia de manipulación.
Se sugiere destruir el envase del producto, mediante la perforación en la parte media para evitar su reutilización. Adicional, se solicita considerar que los precios ofertados no difieran excesivamente del costo comercial de los productos originales.