Desde el lunes 13 de noviembre regirá la nueva tasa de servicio de control aduanero para las importaciones

En el Primer Suplemento del Registro Oficial # 115, publicado este miércoles, se informa que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) resolvió implementar una tasa de servicio de control aduanerode diez centavos por unidad importada, que regirá desde este lunes 13 de noviembre.

«La emisión de la resolución está fundamentada en la necesidad de fortalecer el servicio de control aduanero, para combatir el contrabando y la defraudación», señala la Senae en un comunicado.

La Senae agrega que «la tasa se aplicará a todos los productos que ingresen al paíscon excepciones específicas como: efectos personales del viajero, ayudas técnicas, donaciones, envíos de socorro, entre otros».

Paquetería por Courier

Sólo para los regímenes aduaneros de excepción de “tráfico postal” y “mensajería acelerada” y los regímenes de tránsito aduanero y transbordo esta nueva tasa comenzará a regir el 1 de enero de 2018.

Según la normativa, la tasa deberá cancelarse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que se autoriza el pago, en la liquidación de tributos al comercio exterior.

Fórmula de cálculo

Para determinar esa nueva tasa se deberán tomar en cuenta tres datos: el peso neto de la mercancía por cada ítem (en gramos), la unidad de control (en gramos) y el valor fijo del servicio de control aduanero por cada unidad importada (diez centavos).

Luego se aplicará la siguiente fórmula:


Para saber cuál es la unidad de control, se deberá acceder a la aplicación o sistema Ecuapass, de la Senae, que primero se lo deberá descargar e instalar desde la página https://www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/

Luego de instalar la aplicación Ecuapass se podrá visualizar el Anexo de la Resolución SENAE-SENAE-2017-0001-RE(M), donde se encuentran los 98 capítulos con los diversos tipos de productos. Cada uno de esos capítulos incluye sus respectivas partidas arancelarias, la subpartida Arian (Arancel Integrado Andino), el código complementario y el código suplementario de cada ítem.

El anexo en el sistema Ecuapass se visualizará así:

Tras escoger el tipo de ítem en cada uno de los cinco campos, se deberá consultar la unidad de control, dada en gramos para ese tipo de mercancía, para ahí recién aplicar la fórmula que determinará la tasa a pagar.

Como ejemplo pondremos el siguiente:

En este caso, por cada uno de estos juegos de ajedrez que se importen se deberá pagar una tasa de $ 1.

Reacciones

La Cámara de Comercio de Guayaquil emitió un comunicado este miércoles en el que señaló: «De acuerdo a la resolución emitida por el Servicio Nacional de Aduanas, la tasa se cobrará por el servicio de control aduanero que brindan. Es decir, luego de más de 150 años de existencia la Aduana decide cobrar por cumplir la razón de su existencia. Es como que el SRI cobrase por recaudar impuestos».

«El hecho de que la Aduana cobre la tasa en relación al peso de los bienes, aún cuando en ocasiones se comercializan en unidades, implica que están estableciendo un criterio sobre el peso ‘adecuado’ de las mercaderías. Es decir, si el peso es mucho mayor al referencial, el valor a pagar por concepto de la tasa será mucho más alto».

Mientras tanto, la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor) afirmó en un boletín que: «ha manifestado con mucha preocupación, y en reiteradas ocasiones, los potenciales riesgos que la citada tasa podría generar respecto a contradicciones de carácter legal frente a los compromisos multilaterales asumidos por el Ecuador, así como un innecesario y contraproducente deterioro en la competitividad de las actividades productivas exportadoras».

«Mantendremos todos los esfuerzos que, con todo el sustento técnico, permitan defender los intereses del sector productivo exportador ante las autoridades del frente económico», agrega el comunicado.

Fuente: El Universo