El 7 de abril de 2020 mediante Resolución A-30 la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Quito determina varios requisitos que deben cumplir las personas que deban realizar el uso de bienes de dominio y uso público para desempeñar actividades permitidas por el
Decreto Ejecutivo No. 1017 del 16 de marzo de 2020, y dentro de los horarios determinados por los órganos competentes de la Administración pública, entre estos: